Declaración jurada
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30 de enero de 2024
,por Medrano, Marcela
Un contribuyente despidió a su único empleado. La ART para darle la baja le solicita el F. 931 sin movimiento. Se le adjuntó la baja, pero no alcanza. ¿En el libro sueldos digital cómo presento sin movimiento?
Tiene que generar el F. 931 Sin Nómina, para eso está la Guía 26 que le indica paso a paso como se realiza.
https://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/documentos/G26-DJ-sin-nomina.pdf
Recuerde antes de dar la baja como empleador de generar los certificados de trabajo. >
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3 de octubre de 2023
,por Medrano, Marcela
¿Dónde se realizan los cambios de importes y porcentajes cuando se producen los aumentos en la ART y seguro de vida?
Se realizan en Declaración en Línea en "Datos del empleador". >
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24 de agosto de 2022
,por Medrano, Marcela
¿Quiénes son los empleadores que están obligados a presentar el libro de sueldos digital y desde qué mes? Si tiene un solo empleado, ¿es obligatorio? ¿o solo los que tienen 4 o más empleados?
Se realizara la incorporación de todos los empleadores.
En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo, a través del domicilio fiscal electrónico. Una vez que sea notificado tiene la obligación de realizar la liquidación por el libro de sueldo digital que emite el F. 931. >
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6 de julio de 2022
,por Medrano, Marcela
¿Las licencia por Enfermedad y por Accidente de Trabajo, en el período que se liquida el sueldo, en Situación de Revista debe ir con el código 44 Accidente o enfermedad Inculpable Art. 211 L.C.T.?
En situación cuando un trabajador está con licencia por enfermedad inculpable se declara como Activo, y cuando está con accidente de trabajo (ILT) por los primeros 10 días a cargo del empleador con el código 18 y después con el código 19. El código 44 es para reserva de puesto. >
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31 de agosto de 2021
,por Medrano, Marcela
¿La gratificación no remumerativa de $ 4000 que se abona este mes debe incluirse en el cálculo del pago de la ART?
Por ser una gratificación extraordinaria de pago único, no llevaría ART, pero en la DDJJ RG 3279 la tiene que declarar como art. 7 ley 24.241. >
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13 de noviembre de 2020
,por Medrano, Marcela
Un empleador tiene deuda por el pago de aportes y contribuciones de todo el personal. ¿Puede abonar los aportes y contribuciones previsionales, obra social y art de un solo empleado y no abonar el resto de la nómina?
Cuando realiza un pago el sistema lo distribuye aleatoriamente entre todos los trabajadores, no puede dirigir el pago para cubrir a un solo trabajador. >
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14 de julio de 2020
,por Medrano, Marcela
1) Se presento un F. 931, con error, porque no se tuvo en cuenta que habia cambiado la condicion de los socios gerentes y se liquido como sueldo normal. no tuve en cuenta el montro a pagar, ¿tengo que presentar una multinota? ¿cómo se hace ahora?
2- Se habia liquidado y presentado el 931, y despues manda la empresa que firmaron con fecha 1/6 al 31/7 un acuerdo segun art. 223 bis. La liquidacion se pude rehacer y rectificar el 931, por este caso, ¿tambien debo presentar una multinota?
En ambos casos los sueldos resultaron ser menores a los que declare en su momento.
Se abona... >
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F. 931. Carga días trabajados
2 de julio de 2020
,por Medrano, Marcela
Cuando se aplica este artículo en DDJJ 931 la cantidad de dias trabajados cuantos se ponen?
Solo se cargan los días/mes trabajados, si estuvo suspendido todo el mes va "0".
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7 de junio de 2020
,por Medrano, Marcela
Una empresa que no puede trabajar por el covid 19 y está beneficiada con el ATP del 50% de sus sueldos, ¿qué situación de revista se le asigna en el F. 931 a los trabajadores que prestaron servicios a distancia y qué situación de revista a los que no trabajaron y se les está abonando el sueldo hasta completar el 100% del mismo?
El personal que trabajó a distancia se considera como activo no hay ninguna situación de revista especial, se les liquida el sueldo normal. A los que se encuentran en licencia por aislamiento social preventivo y obligatorio, se le está dando el... >
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20 de abril de 2020
,por Medrano, Marcela
Una empresa se benefició con la postergación del pago de las contribuciones al SIPA.
¿Cuáles son dentro del borrador del F. 931 los conceptos que están postergados y cuáles no?
Se postergó el pago al SIPA (10,77%), lo que tiene que abonar son los aportes al SIPA, aportes y contribuciones obra social, ART, Seguro de Vida y Contribucione NO Sipa (7,23% aprox). >
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13 de abril de 2020
¿Se prorrogó la presentación del F. 931 de marzo 2020?
El vencimiento para la presentación del F. 931 del período 03-2020 es a partir del 16/04/2020, si no realiza la presentación del F. 931 en tiempo y forma, está sujeto a multa. >
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9 de abril de 2020
,por Santos Romero, Analía
¿Se encuentra disponible el servicio ATP para solicitar la prórroga a junio para el ingreso de las contribuciones patronales con destino al SIPA, correspondientes al mes de marzo 2020?
¿Qué empleadores pueden hacer uso de esta prórroga?
El servicio denominado "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP
Beneficios para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria - Decreto 332/20 y Decreto 347/20", ya se encuentra disponible dentro de los servicios de AFIP para ser habilitado mediante el Adminsitrador de Relaciones de Clave... >
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2 de abril de 2020
,por Medrano, Marcela
¿Se prorrogó el plazo de presentación y pago del F. 931 correspondiente al mes de marzo?
Por el momento no hay prórroga del F. 931. >
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1 de abril de 2020
,por Medrano, Marcela
¿Cómo se debe liquidar el F. 931 de marzo? ¿Qué se pone en cada una de las remuneraciones imponibles del F. 931?
La Resolución Nº 219/2020 que establecía la liquidación de los días de licencia por cuarentena, como no remunerativo fue derogada por la Resolución Nº 279/2020 que lo hace todo remunerativo. No habría modificación en las Remumeraciones.
En principio, no se anticipe para realizar el F. 931. Se está por reglamentar un Programa de asistencia (REPRO), que entre los beneficios que trae es una reducción de contribuciones. Ahora bien esto no es automático... >
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8 de enero de 2020
,por Medrano, Marcela
¿Cómo debería proceder para tomarme un saldo de libre disponibilidad ( reflejado en cuentas tributarias) de aportes seguridad social (301) originado por una presentación de DDJJ F. 931 rectificativas del 2019?
Primero para poder reimputar un saldo a favor del contribuyente en seguridad social, tiene que tener una deuda exigible del mismo monto. Entonces cuando tengo una DDJJ para presentar descuento del codigo 301 el importe que tengo a favor, se abona parcialmente. Cuando vence la DDJJ la diferencia no abonada me aparece como deuda.
Para reimputar pagos mediante el... >
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27 de noviembre de 2019
,por Medrano, Marcela
¿Desde Marzo de 2014, para la presentación del F. 931, qué sistema se utiliza?
Se realiza por Declaración en línea y nómina completa. >
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22 de octubre de 2019
,por Medrano, Marcela
¿La parte fija (los $ 0,60 y la otra), y la parte variable que figuran en el F. 931, las trae el sistema desde la póliza de la ART o hay que cargarlos manualmente?
El empleador tiene que ingresar en Declaración en Linea, e ir a Datos de empleador, ahí carga el % y el valor fijo de LRT. El sistema luego lo traslada a la pantalla donde confecciona la DDJJ F931. >
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10 de septiembre de 2019
,por Medrano, Marcela
Un contribuyente presentó y abonó el F. 931 de agosto de 2019, sin aplicar el beneficio previsto por el Decreto Nº 561/19. ¿Deberá ahora presentar una rectificativa incluyendo el mismo, con lo que quedará un saldo a su favor, o existe otro procedimiento?
El procedimiento es el establecido en la Resolución General Nº 3093. Puede rectificar en menos y cuando Afip convalida los saldos a favor del contribuyente, lo reimputa contra deuda de la seguridad social. >
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11 de septiembre de 2018
,por Medrano, Marcela
En el caso de un contribuyente que presentó el F. 931 computando la remuneración mensual cuando en realidad se debía tomar sòlo la parte correspondiente a una quincena, ¿se puede rectificar y corregir para que no pague de más?
Paga sobre el F. 931 original, luego rectifica por los sueldos correctos. Dentro del año tiene que presentar una multinota en agencia solicitando la convalidación de saldos y explicando el motivo de la rectificativa. AFIP convalida los saldos y los mismos aparecerán en el sistema de Cuentas Tributarias y lo puede compensar con otro F. 931.... >
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7 de agosto de 2018
,por Medrano, Marcela
¿Cuando se hace un alta temprana por AFIP, dónde se informa el código 05 diferencial?
El código 5 Tareas Diferencial se carga en el Formulario F. 931 en Declaración en Línea. >
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17 de julio de 2018
,por Medrano, Marcela
Si no declaré el 1er. sac 2018 por omisión, hago una rectificativa de junio del F. 931, y ¿cómo lo reflejo a fin de abonar en la rectificativa de junio solamente la diferencia?
Al generar la DDJJ F. 931 rectificativa, carga en todos los empleados el sueldo y el SAC, genera la DDJJ y en importes a ingresar borra lo que está y pone las diferencias a ingresar que corresponden. >
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11 de mayo de 2018
,por Medrano, Marcela
¿Una deuda de ART que se pagaba mediante el formulario F. 817, còmo se realiza actualmente, ya que en el banco/pago fàcil no aceptan este formulario?
Se tiene que abonar por VEP: Afip, Empleadores Sicoss, Empleadores Sicoss Saldo DDJJ, en la otra pantalla coloca mes y año y el saldo en el Código 312. >
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10 de mayo de 2018
,por Medrano, Marcela
El 09/10/2017 una empleada entró en licencia por enfermedad (la enfermedad es fuera del ámbito laboral), se le liquidó el sueldo normal y el F. 931 se presentó como activo, ¿esto debe ser rectificado? ¿Qué situación de revista se debería informar?
Con el sueldo de abril se empezaría a liquidar licencia sin goce de sueldo, ¿cómo se declara en el F. 931?
En el caso de licencia por enfermedad inculpable, no hay ninguna situación o condición especial para declarar en el F. 931, se coloca activo y 30 días trabajados.
Si el trabajador ingresa en Reserva de puesto, se... >
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6 de abril de 2018
,por Medrano, Marcela
Una empresa que opta por el beneficio de la Ley N° 27.430 desde 02/2018 debe rectificar el F. 931 y ésta dará un saldo menor a ingresar, ¿se debe presentar multinota dentro de los 5 días (procedimiento habitual por rectificar en menos) o, exepcionalmente, esta vez no se hace?
Si tiene que rectificar el F. 931 de febrero de 2018. El plazo para rectificar es hasta el 31/05/2018. No se aplica el procedimiento de la Resolución General N° 3093. >
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27 de diciembre de 2017
,por Medrano, Marcela
Se le ha dado de baja a un empleado hace varios meses, y siempre figura en la AFIP lo cual se le pone $1, pero no se termina con ese problema.
¿Cuál es el mecanismo a seguir?
Esta situación puede darse por distintos motivos. Uno es porque los empleados se informaron en la nómina del mes posterior al de las bajas registradas en el servicio Simplificación Registral, el otro motivo es porque los empleados aún aparecen en el servicio Simplificación Registral como relaciones laborales activas.
Se debe considerar que el servicio Declaración en Línea copia la declaración... >
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